El supervisor suma cuatro nombres a su lista de avisos: una advertencia no bloquea nada, pero deja claro quién no está habilitado
La CNMV advierte contra cuatro firmas de cripto sin autorización
La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha vuelto a señalar a cuatro entidades que ofrecen servicios de inversión sin tener autorización para prestarlos. El aviso se publicó esta semana y llega acompañado del recado que el supervisor español repite desde hace años: antes de transferir dinero, comprobar quién hay al otro lado. No es un expediente ni una sanción. Es una advertencia, la herramienta más rápida que tiene la CNMV cuando detecta a alguien captando clientes sin estar habilitado para hacerlo, y la única que puede activar en días. El detalle importa en un sector donde la autorización dejó de ser opcional: desde finales de 2024, cualquiera que quiera prestar servicios con criptoactivos en la Unión Europea necesita una licencia concedida por un supervisor del club. Las cuatro entidades del aviso no la tienen.
Qué dice el aviso del supervisor
La nota identifica cuatro entidades que carecen de la autorización necesaria para prestar servicios de inversión y pide a los inversores que verifiquen cada firma antes de entregarle su dinero. Esas advertencias se acumulan en una lista pública que la CNMV mantiene en su web, junto con las que le remiten otros supervisores europeos, y ahí se quedan: una vez publicadas, no caducan.
Conviene entender el alcance real. Una advertencia no congela cuentas, no recupera transferencias y no obliga a nadie a cerrar una web. Dice una sola cosa, y la dice con precisión jurídica: esa entidad no figura en los registros del supervisor como habilitada para prestar esos servicios en España. A partir de ahí, el riesgo lo asume quien ingresa el dinero, sin fondo de garantía, sin arbitraje y, cuando la plataforma está domiciliada fuera, casi sin vía práctica de reclamación.
La autorización ya no es una zona gris en la UE
El reglamento europeo de mercados de criptoactivos, MiCA, cambió el punto de partida. Antes, una plataforma podía operar con clientes españoles inscrita únicamente a efectos de prevención del blanqueo, un trámite que nunca fue una licencia de actividad y que muchos usuarios leyeron como tal. Ahora hay un régimen propio: quien quiera custodiar, intercambiar o colocar criptoactivos en la Unión necesita autorización de la autoridad de un Estado miembro, y con ella puede operar en los demás. En España el supervisor de esos proveedores es la CNMV, que además mantiene el registro donde cualquiera puede buscarlos.
Hay un matiz que se pierde en los titulares. Los servicios de inversión y los servicios de criptoactivos son dos regímenes distintos, con autorizaciones distintas. Una firma puede estar habilitada para lo segundo y no para lo primero, y la advertencia de esta semana apunta a lo primero. Quien busque el nombre de una plataforma en un registro tiene que mirar el que corresponde a lo que esa plataforma le está ofreciendo.
Cómo comprobar quién puede operar aquí
La comprobación lleva un minuto y casi nadie la hace. No basta con la marca comercial ni con el nombre de la aplicación: lo que aparece en los registros es la razón social, el sello de la autoridad que concedió la licencia y la fecha. Eso es lo que hay que cotejar. En nuestro registro de exchanges autorizados en España figuran estas plataformas con su entidad y su supervisor:
| Plataforma | Entidad | Autoridad | Autorizada |
|---|---|---|---|
| Bit2Me | Bitcoinforme S.L. | CNMV (España) | 31/10/2025 |
| Bitvavo | Bitvavo B.V. | AFM (Países Bajos) | 26/06/2025 |
| Kraken | Payward Europe Solutions Limited | Banco Central de Irlanda | 25/06/2025 |
| Coinbase | Coinbase Luxembourg S.A. | CSSF (Luxemburgo) | 20/06/2025 |
| Bitpanda | Bitpanda Asset Management GmbH | BaFin (Alemania) | 24/01/2025 |
Que una licencia venga de Dublín, Ámsterdam, Luxemburgo o Fráncfort no la hace peor: el pasaporte europeo es precisamente el mecanismo que MiCA creó para que una autorización sirva en los veintisiete. Lo que no existe es la plataforma que no está en ningún registro y aun así promete rentabilidades.
Dos señales suelen acompañar a las entidades que acaban en la lista de advertencias: rendimientos presentados como seguros y prisa para que el ingreso se haga ya. Ninguna firma autorizada necesita lo segundo.
Lo que viene ahora
Las advertencias no cierran nada por sí solas, pero dejan rastro: son el paso previo a los requerimientos, a la retirada de publicidad y, en los casos que escalan, al traslado a la vía penal. La siguiente pista estará en el registro de proveedores de servicios de criptoactivos de la CNMV, donde la última autorización española con fecha es la de Bitcoinforme S.L., del 31 de octubre de 2025. Si alguna de las cuatro entidades señaladas quiere operar aquí dentro de la ley, ahí tendrá que aparecer.
Fuentes
- CNMV de España advierte sobre 4 firmas de criptomonedas sin licencia MiCA — BeInCrypto ES, 17/10/2026
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